Condominios · Broward y Palm Beach
Venda la unidad. Entienda el edificio.
El comprador de un condominio no evalúa solo su apartamento. Evalúa el edificio: sus documentos, cuotas, inspecciones, seguro y si un banco aceptará prestar allí.
Respuesta corta: prepare la historia del edificio antes de que el comprador la descubra tarde. La asociación, el contrato, el prestamista y los profesionales conservan sus propias decisiones.Antes de publicar
Lo que conviene tener a la mano.
Es una lista educativa de preparación: no todo aplica en cada caso, y no todo lo entrega el vendedor.
- 01Avisos y saldos de cuotas especiales
- 02Presupuesto y estados financieros vigentes
- 03Estudio de reservas (SIRS)
- 04Informes de inspección de hito
- 05Actas recientes de la asociación
- 06Información del seguro maestro
- 07Estado de reparaciones o ingeniería
- 08Requisitos de solicitud de la asociación
La inspección de hito depende de la edad del edificio
El Estatuto de Florida §553.899 exige una inspección de hito para edificios de tres pisos habitables o más, antes del 31 de diciembre del año en que el edificio cumple 30 años, y luego cada 10 años.
La autoridad local puede determinar que circunstancias locales —como la proximidad al agua salada— exijan la inspección a los 25 años. Es una decisión de cada jurisdicción, no una regla automática por distancia a la costa. Confirme con el departamento de edificación de su ciudad en lugar de suponer.
¿Se puede vender con una cuota especial pendiente?
Sí. Una cuota especial no impide la venta. Lo que cambia es la negociación: quién paga el saldo, qué dice el contrato, si los documentos explican el motivo, y si el prestamista del comprador acepta el proyecto.
«No warrantable» no significa que no se pueda vender
Que un proyecto no cumpla los criterios de las agencias hipotecarias reduce las opciones de financiamiento; no elimina la venta. Cambia el tipo de comprador y el camino del préstamo, y por eso conviene saberlo antes de firmar un contrato que dependa de ello.
Fuentes primarias
Verifique por su cuenta.
Contenido educativo. No sustituye asesoría legal, fiscal, de ingeniería, de título ni de préstamo.
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